El Supremo ha denegado a un condenado por violencia de género el derecho de poder decidir sobre la adopción de su hijo, de quien no reconoció su paternidad cuando nació, en 2006. El TS resuelve así en favor de los padres adoptantes del menor, que estaba en situación de desamparo, puesto que la madre biológica cedió su tutela a la Comunidad de Madrid. El proceso comenzó cuando el padre biológico, que reclamó la paternidad de su hijo y le fue estimada en 2007 —un año después de nacer— pidió que se suspendiese el procedimiento iniciado por la Comunidad para dar el menor en adopción, para poder prestar su asentimiento. La Comisión de Tutela del Menor se opuso, al alegar que el padre se encontraba incurso en causa de privación de patria potestad, ya que había sido condenado por violencia de género. Así, un juzgado madrileño desestimó la demanda del hombre, quien recurrió la sentencia ante la Audiencia de Madrid, que le dio la razón al considerar que la condena por violencia no significaba ...