Texto de la Declaración de los Derechos del Niño
Aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas
el 20 de noviembre de 1959
Cartilla compilada por la Lic. Virginia Casas
con dibujos e historietas de Joaquín Lavado "QUINO"
Introducción
La historia recién comienza a escribirse, porque definir al niño como sujeto de derecho y crear las condiciones sociales para su cumplimiento no es fácil.
Nos obliga a todos a re-significar el valor de la vida, desde los temas más simples hasta la dramática realidad de saber que son cientos los chicos que aún están en poder de apropiadores, herencia de la última dictadura militar.
Por ello, popularizar los derechos del niño fue meta de un largo quehacer que aprendí junto a los chicos de la Escuela Nº 2 de Villa Gesell, y que se enriqueció en los gestos cotidianos de mis compañeras de trabajo.
La propuesta de este Cuadernillo es la de compartir la Declaración de los Derechos del Niño adoptada por las Naciones Unidas en 1959, a través de la genialidad de Quino y su maravillosa "Mafalda". Son diez artículos que invitan a una profunda reflexión sobre la dignidad del ser humano.
Al inicio de esta página para Internet coloqué un deseo de Mafalda, Guille, Susanita, Felipe, Manolito, Miguelito y Libertad -los "chicos" de Quino- de construir una sociedad mejor. Si "algún zanahoria nos perdió los planos" o se niega a dibujarlos, quiero responsabilizarlo del llanto de Víctor porque no tiene documento de identidad, de Pamela que no oye bien y se olvida de las letras, de Gonzalo porque el cinturonazo del "viejo le arde en el lomo", de María Cristina que cuida hasta las 5 de la mañana a sus hermanitos hasta que la mamá vuelve de trabajar, de Julián que va a trabajar en el palenque, de Augusto que volvió a la escuela y al comedor, de María Belén que sueña con una casa como un castillo muy blanco y muy lindo donde vive una princesa muy feliz.
En la esperanza de estar cuidando a los constructores de un mundo libre de injusticias renuevo el compromiso.
Hasta la victoria. Siempre.
Virginia Casas
Algunas palabras actuales, y necesarias....
Comparto con todas y todos aquellos que siguen cuidando a los constructores del “hombre nuevo” esta experiencia que me permite sentirme confiada por un rato.
Hace unos días, en la puerta de una escuela una mujer de unos treinta y pico acompañada por dos nenes me preguntó si era Virginia Casas. Ante mi respuesta me dice “¿No se acuerda de mí?” Sus ojos eran enormes, oscuros, sonreían a pesar de mi penoso olvido.
“Soy Isabel B”
La vida corrió veloz para atrás.
Isabel era una nena de 12 años que iba poco a la escuela, que cuando llegaba al aula estaba cansada, no entendía, se olvidaba.
La abuela de Isabel -único adulto de la familia- era ciega, juntas recorrían todas las dependencias municipales, Cáritas, y los comercios solidarios pidiendo algo para seguir en pie.
Isabel era su lazarillo; mientras caminaban le informaba sobre las personas con las que se cruzaban, los posibles lugares donde podrían darle algo: comida, remedios, ropa, chapas, colchones.
Caminaba con su abuela todo el día y al llegar a casa, le hacía la comida y cuidaba a sus hermanitos menores.
Algunas veces Isabel escribía algo ilegible en su cuaderno, que nunca era suficiente para pasar de grado.
En mi querida Escuela N°2 decidimos que no podíamos arreglar la vida familiar de Isabel, que otros eran los responsables de tanta indigencia; pero sí podíamos cambiar la frustración de no aprender.
Y lo hicimos. Isabel terminó su escuela primaria, sabía leer y escribir, los números los manejó siempre.
La abrazo y vuelve a ser una nena de 12 años.
Le dice a sus hijos “ella era mi maestra”. Yo era Orientadora Educacional y sin embargo la escuela nos alumbra a todos como maestras y maestros, lo cual es una certeza que se resiste ante la fragilidad posmoderna.
Isabel sonríe aún más y me confía: “Vivo con un hombre bueno, me trata bien, trabaja, tengo dos chicos, me estoy haciendo la casita. Los chicos van a la escuela .... no les gusta mucho pero yo les digo que tienen que ir para ser buenos en la vida”.
Nos volvemos abrazar.
Seguramente todas y todos necesitamos una vez al menos, la experiencia de encontrarse con un constructor de futuro y sentir que “Hasta la victoria siempre” sigue vigente.
Virginia Casas.
Villa Gesell 2009
Artículo 1º.
El niño disfrutará de todos los derechos enunciados en esta declaración.
Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia.
Artículo 2º.
El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideración fundamental a que se atenderá será el interés superior del niño.
Artículo 3º.
El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad.
Artículo 4º.
El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social.
Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberán proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso atención prenatal y postnatal.
El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.
Artículo 5º.
El niño física o mentalmente impedido o que sufra algún impedimento social debe recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especiales que requiere su caso particular.
Artículo 6º.
El niño, para el pleno desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión.
Siempre que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material; salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su madre. La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia.
Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas conviene conceder subsidios estatales o de otra índole.
Artículo 7º.
El niño tiene derecho a recibir educación que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales. Se le dará una educación que favorezca su cultura general y le permita, en condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus aptitudes y su juicio individual, su sentido de responsabilidad moral y social y llegar a ser un miembro útil de la sociedad.
El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación y orientación; dicha responsabilidad incumbe, en primer término, a sus padres.
El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deben estar orientados hacia los fines perseguidos por la educación; la sociedad y las autoridades públicas se esforzarán por promover el goce de este derecho.
Artículo 8º.
El niño debe, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que reciban protección y socorro.
Artículo 9º.
El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación.
No será objeto de ningún tipo de trata.
No deberá permitirse al niño trabajar antes de una edad mínima adecuada; en ningún caso se le dedicará ni se le permitirá que se dedique a ocupación o empleo alguno que pueda perjudicar su salud o educación o impedir su desarrollo físico, mental o moral.
Artículo 10º.
El niño debe ser protegido contra las prácticas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa, o de cualquiera otra índole.
Debe ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal, y con plena conciencia de que debe consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus semejantes.
EXTRAIDO DE LA PÁGINA : http://www.margen.org/ninos/derecho2.html
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