La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, indica que por resolución de junio de 2008 la dirección general de Familia y Menor de la Comunidad Autónoma asumió la tutela de la menor por la situación de desamparado en que se hallaba y procediendo después a su entrega a una familia.
La madre recurrió esta decisión y alegó en su defensa que no consumía droga ni alcohol y que no existía el desamparo apuntado por la Comunidad Autónoma, sino una situación de pobreza de la familia.
Al desestimar su recurso, la Audiencia indica que la menor tiene un hermano cuya tutela también fue asumida por la administración, "carece de padre reconocido, la madre no tiene empleo y la niña vive en el domicilio de su abuela y tíos".
Afirma la Audiencia que la madre presenta también inmadurez mental y deterioro cognitivo, por lo que si recuperara a su hija ésta quedaría "desprotegida", por lo que acuerda rechazar su recurso e imponerle el pago de las costas. EFE 1010611
Fuente: http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=450518
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