Foto: Un niño juega en un parque / MARTA BECERRA - Qué.es
Así, según los datos correspondientes a 2009 en Andalucía hay un total de 3.658 menores con medidas de protección que están acogidos en familias, de los cuales el 80 por ciento, es decir, 2.944, se encuentran con su familia extensa como tíos, abuelos o hermanos.
Tal y como destacó la consejera, en la actualidad, el acogimiento familiar constituye uno de los instrumentos fundamentales de los que dispone el Sistema de Protección de la Infancia en Andalucía para el ejercicio de la función protectora de los menores en situación de tutela o de guarda.
El acogimiento familiar se define como una medida de protección alternativa a la institucionalización, en la que un menor pasa a formar parte durante un tiempo de una familia distinta a la suya biológica, que le proporciona los cuidados necesarios para su desarrollo psicosocial y una atención normalizada.
Por otro lado, el acogimiento de urgencia, el programa más reciente que se ha implantado en toda Andalucía dentro de las modalidades de acogimiento familiar, ha conseguido que en 2009 disminuyese un tercio el número de menores de dos años que tenían que ingresar en los centros por la aplicación de medidas de protección. El año pasado, se pasó de 321 menores de dos años internados en Andalucía a 224.
BOLSA DE 58 FAMILIAS
En Andalucía hay una bolsa de 58 familias que han realizado acogimientos de urgencia de menores, gracias a las cuales, en 2009, se hicieron 105 acogimientos de este tipo, un total de 286 desde que se puso en marcha el programa.
El programa de acogimiento de urgencia se realiza a través de las Instituciones Colaboradoras de Integración Familiar. Actualmente, la Junta trabaja en Andalucía con 11 entidades colaboradoras para el acogimiento de urgencia, organizaciones que cuentan con equipos de profesionales en el campo de la psicología, el trabajo social y el derecho.
Concretamente, la Junta destina este año más de 4 millones de euros a subvencionar a estas entidades para todas las modalidades de acogimiento: simple y permanente. A esta cantidad hay que añadir el presupuesto que la Junta destina a remunerar directamente a las familias de acogida, que en 2009 superó los 5,4 millones de euros.
El acogimiento familiar es la convivencia e integración de un niño en una familia, extensa o ajena, cuando deben ser separados de sus padres o tutores. Esta medida evita su estancia en centros de protección, les permite desarrollarse en una familia y mantener su vinculación con sus padres y madres y hermanos.
Por esa razón, el acogimiento familiar es incompatible con el acogimiento preadoptivo o la adopción, que conllevan la ruptura de vínculos del menor con su familia biológica.
Existen varias modalidades de acogimiento. El acogimiento simple se aplica cuando se prevé una reinserción a corto plazo del menor con la familia biológica, y tiene un plazo máximo de dos años. En esta modalidad se incluye el acogimiento de urgencia.
Por otro lado, el acogimiento permanente se lleva a cabo cuando la situación de la familia biológica aconseja una integración más duradera con otra familia, y puede llegar hasta la mayoría de edad del menor.
Por su parte, las familias acogedoras del programa de urgencia tienen que estar disponibles de forma permanente. Los menores son acogidos durante un periodo máximo de nueve meses por una familia que le proporciona los cuidados necesarios para su desarrollo hasta que pueda volver con su núcleo familiar de origen o se le decrete la medida de protección más adecuada.
fUENTE: http://www.que.es/sevilla/201006021603-acogimiento-familiar-cada-extendido-andalucia.html
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